sábado, 9 de julio de 2011

LOPNNA: ¿Mal interpretada?

El presente video es una reflexión del daño que se podría generar cuando la LOPNNA es mal interpretada. Se agradece su comentario, es importante.

martes, 5 de julio de 2011

Deberes de los niños, niñas y adolescentes: un tema olvidado

Especialista Jesús García.

Resulta evidente que ante los malos tratos que algunas personas profieren a los menores de edad, haya surgido la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y al Adolescente en Venezuela y estoy consciente de que esa Ley es sumamente necesaria, así como también estoy de acuerdo en que sea divulgada y que se enseñe a los menores cuales son sus derechos, así como se muestra en el siguiente video:

Lo que no entiendo ni acabaré de entender es porqué no se pone el mismo énfasis en enseñarles a los menores de edad sus deberes. Aunque parezca increíble, da la impresión de que no fue relevante para quienes redactaron dicha norma, que los menores de edad aprendan acerca de sus deberes. Ello se evidencia comenzando por la propia LOPNNA, que está compuesta de 683 artículos, de los cuales solamente un artículo (el artículo 93) establece los deberes de los niños, niñas y adolescentes; y si somos más observadores, se notará que en el citado texto legal, la palabra “Derechos” aparece 264 veces, mientras que la palabra “Deberes” aparece 20 veces. Y si se analiza con más profundidad, se observaría que el artículo 93 de la LOPNNA es el Código Moral de los menores de edad y el único basamento legal para instarlos a que se comporten como ciudadanos respetuosos de la Ley y útiles a la sociedad; pero no he visto (y perdonen si me equivoco) a algún organismo que se preocupe en promover una campaña para fomentar en los menores de edad el conocimiento y observancia de sus deberes.
Esto es algo que debería llamar a la reflexión. Hay un viejo dicho jurídico que reza “Mi derecho llega donde se inicia el derecho de los demás”, lo que implica que los menores de edad, si conocieran sus deberes y tuviesen conciencia de que deben cumplirlos, no serían protagonistas de tantos casos de menores donde violan derechos fundamentales de otras personas, porque, seamos claros: cuando un menor agrede física o verbalmente a un docente, a un compañero de clases o fomenta desorden en el aula, está violando los derechos de esas personas y el hecho de que amenace diciendo “te voy a acusar ante la lorna” (así, con todo y error fonético) cuando el Instituto Educativo adopta medidas, es indicio de que conoce sus derechos, pero no sus deberes.
Por ello, considero que debe darse a conocer el artículo 93 de la LOPNNA e instar a su cumplimiento. Como colaboración a esta idea, se coloca la alegoría de este importante artículo, creada por mí
y sería excelente si este dibujo se propagara en todas las escuelas y unidades educativas del país. Así contribuiríamos con formar ciudadanos más conscientes de sus deberes y derechos.

Conoce la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA)

Esta exposición está relacionada con los conceptos más relevantes sobre la LOPNNA.

¿LOPNNA o LOPMA (Ley Orgánica de Protección al Malandro Adolescente)?

Publicado en la Web Aporrea el 27AGO2010

Jorge Ochoa

Hace pocos días, el periodista Alberto Nolia, en su programa "Los papeles de Mandinga", se refirió a algunas leyes que debería ser revisadas o eliminadas. Soy Educador y comparto su opinión en relación a la LOPNNA. Esta Ley se ha convertido en caldo de cultivo para la impunidad de delitos y faltas de todo tipo en el ámbito escolar. Da la impresión de que la mayoría de los funcionarios de la LOPNNA, lejos de coadyuvar a la defensa de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes, a garantizar que su crecimiento y desarrollo se dé en óptimas condiciones de Educación, alimentación , salud, recreación, de afecto y garantizar el cumplimiento, por parte de sus representantes o responsables, de los deberes que le corresponden de acuerdo a su edad, se dedican, por el contrario, a una especie de alcahuetería y/o defensa a ultranza de cualquier acción indebida, en este caso, en el ámbito escolar. Muchas veces, lo digo con conocimiento, porque he sido coordinador en instituciones privadas y oficiales, medidas de orden disciplinario, ajustadas a derecho, se han echado para atrás, provocando que, tanto estudiantes como representantes, sientan que se les dá una especie de patente para hacer lo que les dé la gana sin el temor a ser sancionados. Nolia acierta cuando dice que esta ley se convierte un una especie de apoyadora de las faltas cometidas por jóvenes que no sienten ningún temor para irrespetar a personas, destruír bienes y alterar el orden escolar pero que se comportan como corderitos cuando van al Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente,llamado incorrectamente"la LOPNNA", a tratar de revertir la sanción que les imponen las autoridades escolares. La Ley debe proteger a los jóvenes, garantizar su bienestar y el disfrute de todos sus derechos. De la misma manera, debe ser garante de que, tanto la familia, como la escuela, formen al ciudadano nuevo que necesitamos:Al honesto, al colaborador, al respetuoso de las leyes, al respetuoso de los símbolos que constituyen nuestra identidad,al responsable de sus actos, pero también debe sancionar todo ciudadano, aunque sea un niño, niña o adolescente, que en uso de sus facultades intelectuales y a sabiendas de cuáles son sus deberes, cometa una falta.
Aqui se aprobó de facto lamentablemente una cosa llamada LOPMA: Ley Orgánica de Protección al Malandro Adolescente. Ella surge cuando colocas en la LOPNA artículos absurdamente favorables para los malandros chamos (que chévere, porque en nuestro contexto social actual, la gran mayoría de los delitos son cometidos por chamos), y cuando los funcionarios encargados de aplicar los artículos de verdadera protección al menor, no lo hacen y se limitan a decirle ESTUPIDECES a los padres como que "ud no puede castigar a su hijo quitándole el celular, señora, eso es de ella" (inepto, ¿quién puso la plata para el celular? te aseguro que NO fue el chamo o chama, estemos claros en eso... y para colmo, ¿a nombre de quién está?)

Luego revisamos que gracias a nuestra LOPNNA, no se puede expulsar de los liceos a los muchachos mala conducta para no afectarles su derecho a la educación. Protegemos el derecho a la educación de quiénes no están interesados en ella, perjudicando de paso el derecho de quienes si estamos interesados y estamos alrededor de esos seres.

LOPNNA ampara a niños con mala conducta, según directores de colegios

El Nacional
Publicado el 09-07-2008


Un estudiante de un colegio privado de Caracas golpeó a otro hasta dejarlo inconsciente. Fue expulsado de la institución, pero la Comisión de Protección del Niño y Adolescente del municipio acudió al plantel con la orden de que lo volvieran a recibir.

Hace dos años -explicó la directora, quien pidió no ser identificadaeso no hubiera ocurrido, pero desde que entraron en vigencia las modificaciones de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna), en toda acción se busca el interés superior del niño, y los colegios no pueden retirar a los estudiantes con mala conducta.

'La Ley Orgánica de Educación explica las faltas en las que puede incurrir un alumno, y señala que se pueden sancionar o expulsar, pero los padres no entienden y los comisionados protegen a los alumnos para que se queden en el colegio. Uno tiene que obedecer, para evitar penas de cárcel o multas. Eso ha causado un aumento en la violencia: los estudiantes más pequeños imitan la conducta de los que son agresivos', agregó.

Fausto Romeo, presidente de la Asociación Nacional de Institutos Educativos Privados, seccional Caracas, opinó de manera similar: 'La Lopna ha tergiversado la conducción de la disciplina en las instituciones educativas'. El director de otra institución afirmó que, desde preescolar, los niños saben que hay 'algo que los defiende', con lo que pueden intimidar a padres y profesores.

El consultor jurídico de una zona educativa, que prefirió no identificarse, manifestó que en casos de mala conducta sólo se puede sugerir 'un cambio de ambiente', luego de varios intentos por mejorar la situación. No obstante, el director debe garantizar el cupo en otra institución.

Reconoció que aunque la Ley Orgánica de Educación hace referencia a sanciones y expulsiones, estas no se cumplen: 'El niño es un débil jurídico frente al adulto. La Lopna favorece a los niños violentos, pero fue creada para que el Estado garantice el derecho a la educación'.

Límites.
La frontera entre la clasificación de un acto violento como delito o como falta no luce clara a la vista de los directores.

El consultor jurídico aclaró que las autoridades educativas abordan las faltas, y que depende de la jurisdicción penal determinar si hubo infracción. Por eso recomienda a los padres de niños afectados por sus compañeros que denuncien esos casos porque, según la Lopna, los menores son responsables de sus acciones a partir de los 12 años.

Rosalino Roa, consejero de protección al niño y al adolescente del municipio Baruta, coincidió en que los representantes deben defenderse legalmente, y agregó que los fiscales penales son responsables de hechos en los que hay adolescentes lesionados.

Cree, sin embargo, que los colegios malinterpretan la Lopna al afirmar que respalda a los estudiantes violentos: 'Los procedimientos deben estar ajustados a la Constitución y a las leyes. Se le debe garantizar al adolescente el derecho a la defensa y a ser oído, pero eso no implica que se obvien los derechos de terceras personas. Además, nosotros también buscamos que cumplan sus deberes'.

La directora de un colegio de la capital cuestionó la labor de los comisionados: 'A veces se firman acuerdos con los alumnos, pero esos funcionarios están muy ocupados como para verificar que se cumplan'. Roa sostiene que hacen seguimiento a los casos, pero aclara que mensualmente les llegan 3 denuncias de violencia escolar entre 1.700 expedientes que tienen abiertos con otros casos, y que es responsabilidad del Gobierno desarrollar políticas para evitarlas.

Desde hace dos años también se exige a los planteles que entreguen sus Normas de Convivencia Escolar, adaptadas a la Lopna, a las comisiones de protección y a las zonas educativas. Los alumnos deben participar en su elaboración y los padres deben firmarlas.

Las fuentes consultadas refirieron que algunas situaciones de violencia escolar se han resuelto a través de regímenes especiales, en los que los alumnos con problemas de conducta asisten a la institución sólo para presentar exámenes; con la creación de brigadas escolares, que median entre planteles que tuvieron riñas entre sí; y con medidas para que un adolescente no se acerque a otro.

La LOPNNA no es "El Coco"

DIARIO EL SOL DE MARGARITA
NOTICIA PUBLICADA: 30/03/2009


El desconocimiento de esta ley y su incorrecta promoción como “defensora a ultranza” de las actuaciones de sus sujetos de derecho, han desvirtuado su implementación como instrumento para orientar a niños y adolescentes hacia una vida con estabilidad familiar y educativa.
Crisleida Porras

La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna), no tiene por qué asustar a los padres y maestros como cuando los más chicos escuchan hablar del atemporal e indefinible “Coco”. Lejos de ser un instrumento jurídico atemorizante, esta normativa es una herramienta para enmarcar en la legalidad la vida en los ámbitos familiares, formativos y sociales de estos seres en crecimiento constante, tanto en lo físico como en lo intelectual.
Es necesario hacer énfasis en la utilidad de esta ley porque en su articulado están contenidas las pautas a seguir en el entorno que envuelve a niños y adolescentes, sea cual sea el escenario en el cual se desenvuelven. Pero si no están al tanto de estas disposiciones, difícilmente los adultos podrán darle cumplimiento y comprender que fue concebida para delinear un ambiente acorde a sus necesidades, incluyendo las sanciones ante faltas de diversa índole, como se ha mencionado en otra entrega.
En principio, la Lopna fue difundida como la protectora de los derechos que eran violentados constantemente regidos por la Ley Tutelar del Menor. Por ejemplo, el derecho a opinar de los más jóvenes se cercenaba con una frase reiterativa: “cuando los adultos hablan, los muchachos se callan”. No obstante, su carácter regulador tuvo mucho menos promoción y por eso llegó a ser malempleada para amedrentar a docentes y hasta representantes legales.
“Los maestros y también los padres tienen que conocer la Lopna, para que dejen de temerle. Hemos visto casos de docentes que se arrodillan cuando les amenazan con la ley, como cuando se nombra al Consejo de Protección del Niño y el Adolescente, al cual también, erróneamente, le dicen Lopna”, expresa Miriam Quilarque, consejera de Protección de Mariño, donde se procesan los casos que afectan individualmente a dichos sujetos de derecho en ese municipio.
Pero sin aplicación correcta, la norma no trasciende del papel. “Cada quien debe cumplir con el deber al cual está sujeto según lo ordene la ley, desde los padres hasta los funcionarios públicos. Cuando alguien falla, se rompe la cadena y dicen que la Lopna no sirve. No importa cuántas leyes se promulguen: si no se les da cumplimiento, nunca van a funcionar”, asevera Javier Fermín, otro de los consejeros municipales.
Considera como fallas de Estado que no se cumpla la ley por parte de los organismos competentes que se hacen “los de la vista gorda” ante las situaciones que amenazan los derechos de los niños y adolescentes.
Sobre el cumplimiento de las funciones que tienen los organismos municipales ante hechos o situaciones que atenten contra la Lopna, también existe el Consejo de Derechos del Niño y del Adolescente en Mariño, encargado de velar por los derechos colectivos y difusos de los más jóvenes y vulnerables miembros de la sociedad.
“Las licorerías, los remates de caballos y otros centros cuyas actividades pongan en riesgo el interés superior del niño, como cuando están ubicados en la cercanía de una escuela, seguirán allí porque no hay quien haga cumplir la ley. Nosotros sí nos mantenemos en la calle asegurándole a las personas que cada denuncia llegará a las instancias pertinentes, pero creemos que la Zona Educativa debería involucrarse más e inspeccionar las características que circundan a los planteles en la entidad”, expresó Dionnys Velásquez, consejera de este organismo.
Abrir expedientes administrativos y presentar las denuncias a la alcaldía es el comienzo de un proceso que rara vez prospera y origina sanciones mucho tiempo después de iniciarse la causa. Resulta incluso más poco común que se apliquen los correctivos. “Desde el año pasado, por ejemplo, se denunció un medio impreso regional por su reiterada tendencia al amarillismo y todavía no ha habido resultados. Ahora, ya hay otro periódico inclusive más explícito con fotos que sólo pueden dañar a los niños y adolescentes”, expresa Velásquez.
No se salvan privados ni públicos
En todas las zonas del municipio, deprimidas y privilegiadas, se ven las mismas carencias respecto a los hijos: falta de atención e interés de sus representantes, ausencia de formación en valores, sólo les diferencia la circunstancia económica, señaló la consejera Quilarque. “Por ejemplo, si en un liceo público se roban celulares ‘baratos’, en los colegios privados son ipods o blackberrys, pero al final, es lo mismo: se despoja a alguien de algo que le pertenece, es un robo”, refiere.
Las estadísticas de los colegios no son bajas en relación con las cifras que muestran los planteles públicos en cuanto a faltas originadas por violencia o delincuencia juvenil. “Lo que pasa es que la directiva del colegio siempre busca resguardar al máximo el buen nombre del plantel y su reputación en la sociedad. Otra diferencia es que hasta ahora, no se han visto casos de posesión de armas blancas o de fuego en los centros educativos privados”, como ocurrió recientemente en la Unidad Educativa “José Joaquín D’ León” de Porlamar, donde el representante del alumno se declaró impactado al conocer que su hijo portaba un cuchillo en los bolsillos.